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miércoles, 23 de noviembre de 2016

Normas para el día de las votaciones

Normas para el día de las votaciones

Las empresas facilitaran los medios necesarios para la instalación de cabinas electorales que garanticen la elección de la papeleta y su introducción en el sobre en condiciones de ABSOLUTO SECRETO, ni grabaciones, ni coacciones de nadie. (Artículo 87 del Estatuto de los trabajadores).


Las características de las cabinas DEBERÁN IMPEDIR LA IDENTIFICACIÓN VISUAL DE LA OPCIÓN ELEGIDA por el votante. Además la ubicación de las cabinas electorales será en la entrada de la sala electoral, a la mayor distancia posible de la mesa de votación. (Artículo 87 del Estatuto de los trabajadores).


Las papeletas deberán ir SIN TACHADURAS, SIN ANOTACIONES, SIN ENMARCADOS, SIN SUBRAYADOS para que el voto sea VÁLIDO. Si encuentras papeletas así en las cabinas, NO LAS USES, y avisa a los interventores de CCOO.

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