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miércoles, 31 de octubre de 2012

Conflicto Colectivo por Domingos y Festivos en Madrid

Ayer se celebró el juicio en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por la interposición de nuestra Sección Sindical de CCOO carrefour Madrid de conflicto colectivo contra la empresa, sobre el trabajo en domingos y festivos de aquellas personas que tienen condiciones de prestación distintas a las habituales (50%, numero fijo de domingos al año, etc.)


El motivo causante es la aplicación inmediata de masivas modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo de los compañeros y compañeras de los hipermercados de Madrid, a mitad de un año laboral, en el que amparándose en la nueva Ley de Dinamización del Comercio en Madrid y en lo clausulado en el Convenio Colectivo de Grandes Almacenes 2009-2012, se saltan la preceptiva consulta y estudio de implantación a los representantes de los trabajadores locales de cada centro, ya que es una medida que debe consultarse al focalizarse solo en nuestra Comunidad Autónoma.

Además, se incluyen diversas "irregularidades" a la hora de cumplir las libranzas de los "nuevos días" laborables en domingos y festivos, atropeyando el derecho de las personas a elegir como quieren realizar las compensaciones de descanso por esos días.

Por supuesto, la empresa "lo niega todo", diciendo que se esta respetando toda la normativa y legislación aplicable, dejando a la gente "elegir" sus días libres por domingos y festivos

CCOO indica que esta nueva Ley de Dinamizacion del Comercio en Madrid no se conocía a primeros de año, y por tanto, no están programados en el calendario laboral anual los nuevos domingos. La empresa entregó una comunicación a los trabajadores y trabajadoras sin consulta previa a sus legítimos representantes, ya que al ser en nuestra Comunidad Autónoma, no puede aplicarse el articulo 32.12 del CCGA que sería a nivel nacional por ser un convenio del sector entero, siendo por tanto, una modificación sustancial de las condiciones de trabajo y no la aplicacion del convenio, cosa que la ley obliga a establecer periodo de consultas y posterior periodo de comunicacion previa a los trabajadores.

Es mas, si nos amparamos en la esencia y fundamento de la Ley de Dinamización del Comercio en la Comunidad de Madrid, esta fue creada con el principal objetivo de la generación de nuevas contrataciones para esos nuevos días de prestación, cosa que en nuestra empresa es una falacia, además de que el CCGA debe velar en todo caso por la conciliación de la vida familiar y laboral...

La empresa alega que estos hechos fueron juzgados y contestados en sentencia del TSJ 22/05/2006, cosa a la que el juez que instruye este caso le contestó "que dicha sentencia no contesta al supuesto hecho juzgado al que se refiere ahora, por no coincidir con el caso en cuestión". El letrado de la empresa contesta que "no es para tanto, ya que se nos está compensando la penosidad de trabajar en domingo con el complemento que existe en el convenio previsto", vamos, que como se nos pagan esos 15 eurillos y 36 si nos pasamos del sexto domingo o festivo, hay que callarse la boca y trabajar, trabajar y trabajar...

El juicio ha quedado visto para sentencia. Como podéis observar, ha quedado demostrado el verdadero valor de los trabajadores y trabajadoras que tenemos ante nuestra empresa. El valor de aquellas contrataciones que hace años fueron impuestas y que según sople el viento económico del bolsillo de "algunos", son malas y hay que cambiarlas. Y de la palabra dada, mejor ni hablamos, con esas publicaciones en prensa a bombo y platillo de las 1500 contrataciones nuevas, el "si esto es provisional, luego vendréis menos domingos de los que os hemos puesto..", etc.

Esperamos que el tribunal entienda la problemática y las dudas, además de los incumplimientos legales que desde nuestra Sección Sindical estamos trasmitiendo. La Sección Sindical de CCOO de carrefour de Madrid va seguir denunciando todos los atropellos e injusticias que se sigan cometiendo.  

Somos muchos..., somos mas..., y ¡NO VAMOS A PARAR!


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